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	<title>#depósitoelectrónico Archivos | Saber más, ser más</title>
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		<title>¿Qué hacer cuando un familiar tiene una cuenta de ahorros y fallece?</title>
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		<pubDate>Mon, 15 Feb 2016 19:52:08 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>La mayoría de las personas o herederos suelen pensar que estos casos son imposibles de resolver, un pensamiento que nace a causa del desconocimiento. Saber Más, Ser Más investigó sobre el tema y aquí está la respuesta a la duda: De acuerdo con el artículo 127, numeral 7 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>La mayoría de las personas o herederos suelen pensar que estos casos son imposibles de resolver, un pensamiento que nace a causa del desconocimiento. <strong>Saber Más, Ser Más </strong>investigó sobre el tema y aquí está la respuesta a la duda:</em></p>
<p>De acuerdo con el <strong>artículo 127</strong>, <strong>numeral 7</strong> del <strong>Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF)</strong>, el dinero depositado en <strong>cuentas de ahorros</strong>, <strong>cuentas corrientes</strong>, <strong>depósitos electrónicos</strong>, en Certificados de Depósito a Término <strong>(CDT)</strong> o <strong>cheques de gerencia</strong>, cuyo valor no exceda los cincuenta y dos millones ciento sesenta y tres mil setecientos veintitrés pesos colombianos <strong>($66,629,290) </strong>a 2022, puede ser entregado directamente por el banco (previa solicitud) a los herederos, sin necesidad de juicio de sucesión, siempre y cuando no se haya nombrado un administrador de los bienes de sucesión.</p>
<p>Es importante resaltar que este monto es actualizado anualmente por la Superintendencia Financiera de Colombia.</p>
<p><em><strong>¿Qué quiere decir esto?</strong></em></p>
<p>Que <strong>los bancos NO “se quedan” con el dinero del titular fallecido</strong>, ellos <strong>se lo entregan al cónyuge, compañero(a) permanente y/o a los herederos</strong>, sin necesidad de juicio de sucesión siempre y cuando no supere el monto mencionado.</p>
<p>Adicionalmente, de acuerdo con el <strong>artículo 127 del EOSF</strong> “<em>(…) El establecimiento bancario como condición de pago puede requerir declaraciones juradas respecto a las partes interesadas, la presentación de las debidas renuncias, la expedición de un documento de garantía por la persona a quien el pago se haga y el recibo del caso, como constancia de pago”.  </em></p>
<p><strong>Si se sobrepasa el monto señalado,</strong> el dinero de la cuenta de ahorros del titular, deberá ser reclamado una vez surtido el proceso de sucesión ante notaria o juzgado.</p>
<h2><b><a href="https://tuahorrapp.com/"><img decoding="async" loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-19650" src="https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2021/05/21-05-ASO-tuahorrapp-banner-2.png" alt="" width="1326" height="290" srcset="https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2021/05/21-05-ASO-tuahorrapp-banner-2.png 1326w, https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2021/05/21-05-ASO-tuahorrapp-banner-2-300x66.png 300w, https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2021/05/21-05-ASO-tuahorrapp-banner-2-1024x224.png 1024w, https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2021/05/21-05-ASO-tuahorrapp-banner-2-768x168.png 768w" sizes="(max-width: 1326px) 100vw, 1326px" /></a></b></h2>
<p><em><strong>¿Qué debe hacer el banco?</strong></em></p>
<p><strong>Las sumas y los rendimientos depositados en las cuentas de ahorro se pagarán previa solicitud de los interesados</strong>, en la forma y términos y conforme a las reglas que prescriba la junta directiva de la entidad. Cabe mencionar que uno de los objetivos de estos requisitos es comprobar la muerte del titular de la cuenta y su vínculo con el o los solicitantes.</p>
<p>Así mismo, <strong>mediante resolución la junta directiva de la entidad bancaria puede exigir que el interesado le avise anticipadamente (60 días) para el pago de los depósitos </strong>de ahorro.</p>
<p><em><strong>¿Qué deben hacer los herederos? </strong></em></p>
<p>Si el saldo de la cuenta es igual o inferior al monto mencionado anteriormente (<strong>$66,629,290), </strong>deben acercarse a la entidad financiera y presentar la solicitud de pago<strong>. </strong>En caso de que el saldo sea superior<strong>, </strong>deben iniciar los trámites sucesorales en juzgado o notaría para asignar el dinero a quien o quienes corresponda. Es importante que una vez obtenida la escritura pública (P. Notarial) o la sentencia (P: Judicial) se le informe a la entidad financiera para que proceda con el pago al nuevo titular.</p>
<p>Continúe en Saber Más, Ser Más leyendo: <a href="https://www.sabermassermas.com/contrato-de-arrendamiento-preguntas-frecuentes-sobre-este-tipo-de-acuerdo/">Contrato de arrendamiento, preguntas frecuentes sobre este acuerdo. </a></p>
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		<title>¿Qué es un depósito electrónico? Saber Más, Ser Más le cuenta</title>
		<link>https://www.sabermassermas.com/que-es-un-deposito-electronico/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Nov 2015 21:56:29 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>A diferencia de las cuentas corrientes y de ahorros, existe un instrumento financiero que le permite manejar su dinero y realizar transferencias bancarias desde su teléfono móvil o tableta. Saber Más, Ser Más le cuenta todo lo que debe saber sobre el Depósito Electrónico de trámite simplificado.   Este producto fue creado para facilitarle la vida, ya [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2015/11/41179600_ml_interna.jpg"><img decoding="async" loading="lazy" class="aligncenter wp-image-9336 size-full" src="https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2015/11/41179600_ml_interna.jpg" alt="41179600_ml_interna" width="1280" height="400" srcset="https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2015/11/41179600_ml_interna.jpg 1280w, https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2015/11/41179600_ml_interna-300x94.jpg 300w, https://www.sabermassermas.com/wp-content/uploads/2015/11/41179600_ml_interna-1024x320.jpg 1024w" sizes="(max-width: 1280px) 100vw, 1280px" /></a></p>
<p>A diferencia de las cuentas corrientes y de ahorros, existe un instrumento financiero que le permite manejar su dinero y realizar transferencias bancarias desde su teléfono móvil o tableta. Saber Más, Ser Más le cuenta todo lo que debe saber sobre el Depósito Electrónico de trámite simplificado.  </p>
<p>Este producto fue creado para facilitarle la vida, ya que le permite acceder al sistema financiero formal de una forma más rápida y sencilla, sin tener que acercarse a una sucursal del banco y diligenciar formularios, pues toda la apertura y manejo se realiza a través de su celular.</p>
<p>Con un Depósito Electrónico de trámite simplificado usted podrá realizar y recibir transferencias de dinero de su entidad financiera, pagar servicios públicos y privados; recargar minutos; retirar dinero en efectivo en cajeros automáticos y en corresponsales bancarios; recibir transferencias internacionales; realizar compras en establecimientos de comercio; consultar su saldo y cambiar su clave, todo esto en una misma plataforma, ¿interesante no?</p>
<p>Lo más atractivo es que usted podrá realizar todas estas operaciones desde su celular sin que le cueste más, pues el costo de los servicios que ofrecen estos productos es más económico que el de los productos tradicionales. Incluso, en algunas entidades financieras no tiene costo.</p>
<p>Adicional a las características mencionadas, los depósitos electrónicos de trámite simplificado tienen un límite de débitos mensuales y saldo máximo de tres SMLV ($2.633.409 en 2020); además, pueden estar exentos del cobro de GMF.</p>
<p><strong> ¿Cómo acceder y activar un Depósito Electrónico en su teléfono celular?</strong></p>
<p>Para abrir un Depósito Electrónico de trámite simplificado usted solo necesita su cédula, un teléfono celular y seguir alguno de los siguientes procedimientos:</p>
<p><strong>Apertura de depósitos electrónicos mediante  “Sim Card”</strong></p>
<p>Se puede hacer desde cualquier celular, pues no requiere de ninguna tecnología específica ni conexión a Internet.</p>
<ol>
<li>Ingrese por el menú de la SIM, el nombre depende de su operador.</li>
<li>Seleccione la opción Mis Bancos o Banca móvil, según el equipo que tenga.</li>
<li>Seleccione la opción Registrar Bancos y el banco con el que desea abrir el producto.</li>
<li>Ingrese los datos que le piden.</li>
<li>Escriba una clave. Por su seguridad no la comparta con nadie.</li>
<li>Confirme la clave.</li>
<li>Acepte términos y condiciones.</li>
<li>Le llegará un mensaje a su celular.</li>
</ol>
<p><strong>Apertura de depósitos electrónicos mediante aplicación “App</strong></p>
<p>Para este tipo de productos necesitará un celular inteligente con tienda de aplicaciones (Play Store, App Store, entre otros), y conexión a Internet.</p>
<ol>
<li>Descargue la aplicación de su entidad financiera y siga las instrucciones.</li>
<li>Le llegará una clave por medio de un mensaje de texto, escríbala en la aplicación,</li>
<li>Elija una contraseña y confírmela</li>
<li>¡Listo! ya puede empezar a utilizar su cuenta de ahorros digital.</li>
</ol>
<p><strong><em> </em></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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