Algunos adultos mayores tienen la fortuna de contar con unos hijos o familiares que además de acompañarlos pueden cubrir sus gastos, retribuirles todos sus esfuerzos del pasado, y velar porque sus necesidades estén satisfechas. Otros llegan a esa edad con cierta tranquilidad, pues tienen su pensión asegurada, o negocios que les dejan una renta mensual, o ambas, que les permiten, al menos por la parte económica, no tener tanta preocupación.

Sin embargo, no es la realidad de todos, y muchos aun en su vejez tienen que seguir luchando, como toda la vida, para conseguir el dinero y poder cumplir con lo básico. Para este tipo de realidades, sobre todo, está pensada la Renta Vitalicia Inmobiliaria, o como se suele llamarse: hipoteca inversa, para adultos mayores que tienen una casa o un apartamento, pero no recursos para mantenerse.

Si la situación es crítica y la única posibilidad es salir de su vivienda, normalmente ocurre lo siguiente:

  • El dueño hipoteca su casa para tener efectivo y con este salir de una emergencia o cumplir con las obligaciones. Si no se administra el dinero con juicio, puede ser en vez de una salida una tragedia.
  • El dueño vende directamente el inmueble y con el valor obtenido empieza a cubrir sus gastos y pagar arriendo, pero nuevamente, si se acaba el dinero puede ser un problema.

A esas dos alternativas, que deberían considerarse con mucho cuidado y, preferiblemente dejarlas como última salida, se suma la de la Renta Vitalicia Inmobiliaria.

¿En qué consiste la Renta Vitalicia Inmobiliaria?

Es un instrumento que permite al dueño de la vivienda negociar con una entidad para que le compre su inmueble y se lo pague a través de una mensualidad vitalicia o a plazos (dependiendo la modalidad), pero la entidad solo podrá tomar el inmueble hasta que el cliente fallezca, mientras tanto, el propietario seguirá viviendo allí el tiempo que le quede de vida.

Cuando hablamos de este tema es normal referirse a “hipoteca inversa”, de hecho, bajo esta figura fue que se presentó el mecanismo. Sin embargo, y aunque son muy parecidas, una Renta Vitalicia Inmobiliaria y una hipoteca inversa, estrictamente no son lo mismo, en el primer caso hablamos de seguros y en el segundo de créditos, en Colombia se implementó fueron las Rentas Vitalicias Inmobiliarias.

¿Quién puede acceder?

El mecanismo va dirigido para cualquier persona, no importa su edad (no hay un límite en el decreto), estrato o nivel de ingreso, que tenga el título de propiedad de un inmueble. Es importante recalcar que las entidades aseguradoras pueden determinar algunas condiciones, con lo cual podrían ofrecerlas solo a los adultos mayores.

¿Modalidades de la Renta Vitalicia Inmobiliaria?

  • La renta vitalicia inmobiliaria inmediata: La entidad desembolsará mensualmente un porcentaje del valor total de la vivienda al cliente, hasta su fallecimiento.
  • Renta temporal cierta con renta vitalicia inmobiliaria diferida: Se define un monto inicial que la aseguradora le pagará a los beneficiarios en cuotas por un periodo determinado del contrato. Cumplido ese periodo y pagada la suma acordada, comienza el pago de una renta mensual hasta el fallecimiento de los beneficiarios

Sin importar cuál sea la modalidad escogida, la persona permanecerá en el inmueble hasta el último de sus días. La entidad tomará la propiedad a partir de los seis meses siguientes, contados a partir del fallecimiento del dueño.

¿De qué depende el valor de la vivienda?

El dinero que los beneficiarios del producto recibirán corresponde a un análisis particular de cada situación, donde se toma en cuenta el avalúo de la vivienda (que no se debe realizar por ninguna de las dos partes, ni cliente ni entidad), la modalidad de Renta Vitalicia Inmobiliaria escogida y la expectativa de vida de los propietarios.

¿A dónde debe acudir?

Este es un instrumento que podrán ofrecer las compañías aseguradoras de vida. En el marco de la operación, según se acuerde en el contrato de seguro. Antes de que tome la decisión final, la entidad escogida debe, por obligación, realizar una asesoría clara, que le describa el panorama completo, junto con las condiciones y consecuencias de realizar la Renta Vitalicia Inmobiliaria.

¿Y si se arrepiente?

Si realiza una Renta Vitalicia Inmobiliaria y, por ejemplo, a los dos meses su situación económica mejoró y ya no necesita este mecanismo, o se arrepintió por la razón que sea y quiere reversar el negocio, lo puede hacer. La persona deberá entonces devolver el dinero que le han desembolsado hasta el momento y pagar los intereses de ese monto y se cancela la operación.

Pros

Contras

Puede permanecer en su vivienda hasta el último de sus días.

El inmueble pasa a la entidad una vez el propietario fallece.

Recibe un ingreso por su vivienda que le permitirá cubrir otros gastos.

El ingreso obtenido depende de factores adicionales al avalúo (expectativa de vida y modalidad de la Renta Vitalicia Inmobiliaria) que pueden causar variaciones en el valor del inmueble.

En caso de superar la expectativa de vida, el ingreso obtenido puede superar el valor real de la vivienda.

En caso de muerte temprana (según la modalidad de la Renta Vitalicia Inmobiliaria) el ingreso será menor al valor real del inmueble.

Se puede arrepentir en cualquier momento.

Si se arrepiente debe devolver el dinero que ya le dieron más intereses.

 

Habrá quien prefiera dejarle una herencia a sus hijos y conservar el patrimonio o quien quiera tener una vejez un poco más tranquila, disfrutar del inmueble y contar con el ingreso para que, al menos, tener lo básico no sea un problema. Lo cierto es que, esta operación es una opción más en el mercado y es el adulto mayor, en este caso, quien debe decidir si le conviene la Renta Vitalicia Inmobiliaria, evaluar los pros y contras y considerar si es la alternativa que busca.

 

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