7453_17512_1El crédito por libranza es un mecanismo de recaudo de cartera, en donde el deudor autoriza a su empleador o entidad pagadora para que realice un descuento de su salario o pensión, con el objetivo de que esos recursos sean destinados al pago de las cuotas del crédito adquirido con la entidad financiera.

Para que usted se olvide de las largas filas para hacer una consignación, deje de ser víctima de su memoria a corto plazo, sea juicioso con el pago de las cuotas mensuales con las que se comprometió y maneje correctamente su crédito de libranza, debe notificar a la entidad financiera su autorización de descuento de nómina y el convenio de recaudo debe estar debidamente suscrito con la entidad empleadora, especificando todas las obligaciones del convenio. 

Ventajas:

– No se requiere de codeudor, fiador, avalista, ni de garantías adicionales al compromiso de descuento.

– Las tasas de interés que ofrecen los bancos para la Libranza son sustancialmente menores que los otros créditos de consumo.

– El usuario tiene derecho a decidir con qué entidad quiere acceder al crédito.

– La Libranza o descuento directo se efectúa, siempre y cuando el asalariado o pensionado no reciba menos de 50% del neto de su salario o pensión, después de los descuentos de Ley.

– La principal ventaja  para el acreedor es que se minimiza el riesgo del crédito dado que la operación está respaldada por el pago periódico hecho al beneficiario.

– Se permite la continuidad de la Libranza cuando el trabajador cambia de empleo.

En este último caso, si el contrato de trabajo finaliza, pero aún existe saldo con el banco, la empresa podrá retener parte de las prestaciones sociales e indemnizaciones a que tenga derecho, siempre y cuando el trabajador autorice por escrito a su empleador.  

¿Y si la liquidación no alcanza a cubrir la totalidad de la deuda?

De llegarse a un acuerdo, la entidad financiera podría permitirle al trabajador que ya no labora en la empresa que siga pagando directamente las cuotas que aun faltan por cancelar.

El Crédito de Libranza es un mecanismo de recaudo de cartera, en donde el deudor autoriza a su empleador o entidad pagadora para que realice un descuento de su salario o pensión, con el objetivo de que esos recursos sean destinados al pago de las cuotas del crédito adquirido con la entidad financiera.

Es importante que notifique al banco su autorización de descuento de nómina, por otro lado el convenio de recaudo debe estar debidamente suscrito con la entidad empleadora, especificando todas las obligaciones que se tengan. 

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