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El esfuerzo de obtener casa propia, además de cubrir la necesidad de vivienda, representa una inversión para el futuro y la familia, la cual es susceptible de valorizarse con el tiempo y ser vendido o transferido por herencia, o si se arrienda significar un ingreso adicional. Una de las alternativas más comunes para emprender este tipo de proyectos familiares son los créditos hipotecarios.

Los créditos son dinero que las entidades financieras otorgan a sus clientes con el compromiso de que en el futuro éstos devuelvan dicho préstamo a través del pago de cuotas o en un solo pago, más los intereses y los cobros adicionales (seguros).

El interés representa el costo que las personas pagan cuando adquieren un crédito, es decir, por poder usar en el presente un dinero que es de la entidad financiera.

Existe un tipo de crédito denominado crédito hipotecario o crédito de vivienda, un préstamo a mediano o largo plazo que se otorga para la compra, ampliación, reparación o construcción de una vivienda. El crédito hipotecario también aplica para la compra de sitios, oficinas o locales comerciales.   

Cuando se realiza un crédito de ese tipo, la propiedad adquirida queda en garantía o es «hipotecada» a favor de la entidad financiera para asegurar el cumplimiento del crédito.

El monto del crédito otorgado a una persona dependiendo de su capacidad de pago y de endeudamiento. Es recomendable acercarse a la entidad que prefiera para recibir la orientación de un asesor y discutir abiertamente el compromiso del grupo familiar o los interesados que aportarán, ya que se trata de una obligación a mediano o largo plazo, y la vivienda solo se podrá considerar propia hasta cumplir con la misma. En caso de vender la vivienda, la primera obligación es pagar al banco el dinero que aún se debe.

Los créditos hipotecarios vienen acompañados de una serie de seguros contra robo, incendios, terremotos y seguro de vida que incrementan la garantía del préstamo.

Recuerde que para obtener un crédito de vivienda hay que tener dinero disponible para la cuota inicial del inmueble que se va a adquirir.  Para vivienda de interés social (VIS) se requiere como cuota inicial mínimo el 20% del valor de su vivienda y el 30% si es vivienda de interés social. La cuota inicial es necesaria porque demuestra que el futuro dueño del inmueble tiene un patrimonio propio, capacidad y voluntad de ahorro y hará todo lo posible por mantener adecuadamente el inmueble, ya que es su capital el que está en juego.

A la hora de la compra, lo ideal es tener algo más de dinero ahorrado para cubrir los gastos de los papeles para el crédito, la firma de las escrituras y de la mudanza.

Tenga en cuenta que pagar a tiempo le trae grandes ventajas como cubrir los intereses y poder hacer abonos a capital beneficiándose en las cuotas. Adicionalmente puede confiar en la plena cobertura de los seguros contra calamidades, evitar intereses de mora y gastos de cobranza judicial, mantener un buen historial crediticio para poder acceder fácilmente a una nueva financiación y disfrutar al máximo la adquisición de su inmueble.

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