Si usted tiene una deuda o se mantiene cesante con alguna entidad crediticia y ha visto una disminución considerable en sus ingresos a raíz del COVID-19, al punto que hoy no tiene cómo pagar la cuota del mes siguiente, o tal vez ya se atrasó, el Programa de Acompañamiento a Deudores puede ayudarle y alivianar un poco las cargas, al menos por lo que resta del 2020.

Aunque desde el inicio de la emergencia se han brindado algunas opciones financieras para que los colombianos y sus deudas no entren en mora, algunos de esos alivios (periodos de gracia y prórrogas) tienen vigencia solo hasta el 31 de julio de 2020, y en ese momento, la situación de muchos seguirá sin presentar una mejoría considerable.

Atendiendo a esta realidad que persiste, la Superintendencia Financiera creó el Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD), donde se definen mecanismos e instrucciones complementarias a las existentes que permiten el cumplimiento de la deuda y, a la vez, consideran la afectación que ha sufrido el usuario.

¿Cuáles pueden ser los beneficios?

 

  • Periodos de gracia: Consiste en un plazo donde el usuario no debe cancelar el valor correspondiente a la cuota, significa que por el momento no la debe pagar, no que no deba hacerlo más adelante. Con los periodos de gracia otorgados en el marco del PAD no se podrán cobrar intereses sobre intereses, ni sobre otros conceptos como cuotas de manejo, comisiones y seguros que hayan sido objeto de diferimiento o redefinición de los créditos.
  • Redefinición del crédito: Significa cambiar las condiciones originales del préstamo. En el marco del PAD se debe reducir la cuota a pagar y no se puede aumentar la tasa de interés. Es importante decir que el hecho de que se reduzca la cuota no implica una disminución en esa tasa, el programa señala únicamente que no puede subir.

¿Quién determina si puede acceder a los alivios o no?

Recuerde que las entidades no están obligadas a aplicar el PAD a su crédito, cada una debe analizar si el usuario cumple con las condiciones establecidas, que pueden variar por cada establecimiento crediticio. Dicho análisis se debe realizar según el grado de afectación del deudor y su capacidad de pago, es decir, se debe evaluar cada caso de manera particular.

Las entidades del sector podrán identificar a sus clientes en tres grupos de deudores:

  • Quienes pueden continuar con el pago de sus créditos bajo los términos iniciales.
  • Quienes sufrieron una afectación y necesitan redefinir las condiciones del crédito.
  • Quienes enfrentan una afectación sustancial, para los que se explorarán alternativas como reducción en el valor de las cuotas y periodos de gracia.

No importa si ya se postuló para la primera tanda de alivios, haya salido beneficiado o no, puede volver a hacerlo, ya que la entidad debe evaluar nuevamente su solicitud, ahora con las condiciones adoptadas por el PAD para darle una respuesta.

Tampoco será determinante la modalidad de crédito, pues el programa aplica para todas las carteras: comercial, consumo, vivienda y microcrédito.

¿Desde cuándo se pueden implementar?

Estos beneficios financieros serán aplicables desde el 1ro de agosto y por todo lo que resta del 2020, hasta el 31 de diciembre. Tenga en cuenta que las nuevas condiciones, pactadas bajo esta medida, se mantendrán hasta finalizar el crédito, lo que quiere decir que los beneficios pueden perdurar más allá del 2020.

Aunque las nuevas medidas deben ser definidas y divulgadas por las entidades antes del 31 de julio de 2020, y dichos establecimientos podrán contactar al deudor, le sugerimos ponerse en contacto con su entidad y dejar claro si es beneficiario o no y cuáles son las condiciones de su alivio.

 Esta nueva tanda de beneficios es una salida si su situación actual es complicada, porque le permite cuadrarse y no pagar mientras consigue mayor liquidez, o pagar menos y utilizar ese dinero en otros gastos, pero tenga en cuenta que una vez acepte estos alivios usted se demorará más en cumplir con la obligación, es decir, más tiempo endeudado.

En pro de su salud financiera, la recomendación es acogerse a la nueva tanda de alivios si realmente se ha visto afectado y solo cuando, después de evaluarlo, determine que para no atrasarse esta es la única salida, por el contrario, si no la necesita, la mejor manera de aprovechar el beneficio es no adquiriéndolo.

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