Es muy difícil mantener la tranquilidad cuando se pierde un empleo, más si es de manera súbita, pues los gastos continúan, el tiempo avanza y no hay una solución clara que le permita salir de esta complicada situación financiera. ¿Es su caso o el de algún conocido? El subsidio del desempleo o Mecanismo de protección al cesante, que aplica por medio de las Cajas de Compensación Familiar, puede ser un apoyo en momentos de crisis y una alternativa para afrontar la situación que hoy vive.

No es una medida nueva, en condiciones normales, es decir, antes de la pandemia, el Mecanismo de Protección al Cesante garantizaba que la persona que perdiera su empleo mantuviera por seis meses el acceso a salud y el ahorro para su pensión y recibía, también, el pago de la cuota monetaria del subsidio familiar, mientras le daban acompañamiento para la búsqueda de empleo, capacitación y orientación laboral. Se establecía que solo se entregaba un auxilio monetario a quien había realizado un ahorro en su tiempo de trabajo.

La realidad cambió y la medida también, tuvo modificaciones para alcanzar una mayor cobertura. En Saber más Ser más le contamos los ajustes que ha tenido el Mecanismo a raíz del virus, cómo puede acceder y qué debe tener en cuenta para realizar una solicitud exitosa de un subsidio, que hoy más que nunca es necesario.

¿Cuáles son los beneficios?

  • Aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre 1 salario mínimo legal mensual vigente durante 3 meses. Si el cesante quiere y puede, es posible realizar el aporte sobre una base mayor, la diferencia la asume con sus propios recursos.
  • Acceso a la cuota monetaria del subsidio familiar por 3 meses.
  • Recibirá una transferencia económica por un valor de 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($1.755.606 para 2020) divididos en 3 mensualidades iguales. Esta transferencia será desembolsada dentro de un plazo de 5 días hábiles siguientes a la designación como beneficiario.

Las Cajas de Compensación podrán cerrar la recepción de postulaciones ante la insuficiencia de recursos.

 ¿Quiénes pueden acceder?

  • Quienes sean cotizantes en la categoría A o B. Categoría A, hace referencia a empleados y grupo familiar cuyo salario básico no supere los 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). En la Categoría B están los trabajadores y su grupo familiar cuyo salario básico esté entre 2 y 4 SMLMV.
  • Trabajadores o contratistas cesantes que no reciban una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
  • Las personas que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante 1 año, de manera continua o no, durante los últimos 5 años.

¿Qué debe tener en cuenta para realizar la solicitud?

Las personas cesantes deben entregar la siguiente documentación a la última Caja de Compensación Familiar donde estuvieron afiliados:

  • Certificado sobre la terminación del contrato de trabajo, en el caso de trabajadores dependientes o cese de ingresos para independientes.
  • Diligenciar de manera electrónica el Formulario único de Postulación al Mecanismo de Protección al Cesante.

La Caja de Compensación Familiar debe contestar en un término de 3 días.

Si bien es cierto que el subsidio está sujeto a la disponibilidad de recursos, y que muchas personas han perdido su empleo últimamente, la peor diligencia es la que no se hace, y un dinero extra en estos momentos puede ser un alivio a su situación, mientras la realidad mejora y le llega una nueva oportunidad laboral que permita que la situación económica en su hogar se estabilice y su tranquilidad regrese.

 

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